07.2.- El Convento de Santa Clara

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Iglesia y convento de Santa Clara hacia el siglo XVIII. Lámina de F. Hierro. Harresi. org

FICHA .- Vida y economía del Monasterio de Santa Clara de Balmaseda : 1666 – 1984

— Artículo en la revista Estudios de Deusto ( especial de Geografía e Historia por los 25 años de la Facultad ); 1988, en las páginas 481 a 494. Editado con 41 notas a pié de página .

INTERES .- Primera y única historia de este convento balmasedano , trabajada con los fondos del archivo conventual. Tiene interés para la Historia Local y para la Historia Eclesiástica de Bizkaia y zonas limítrofes.

RESUMEN .- Convento fundado por legado testamentario de D. Juan de la Piedra y Verástegui, mercader balmasedano, residente en Panamá .
Se bendijo la fábrica el 26 de Octubre de 1666.
Se estudia el Régimen Interno de la comunidad y la economía conventual en cuanto a Rentas, Inversiones, Inmuebles y Dotes.
Se repasa la Fundación, el patronazgo y los Pleitos mantenidos.
Desapareció como convento en 1984. Hoy es un Hotel con encanto.

INDICE .-

1.- La Fundación.- Capitulaciones con el Cabildo; – Elecciones; –
Reglamento Interno
2.- Economía conventual.- Rentas; – Inversiones; – Inmuebles; – Dotes
3.- Otros apartados .- Preceptoría; – Patronos; – Pleitos

Epílogo.

  • APENDICE I
  • FUNDACIÓN DEL CONVENTO DE SANTA CLARA EN LA VILLA DE BALMASEDA

 

  • APENDICE II
  • VIAJE DE LAS FUNDADORAS DEL CONVENTO DE SANTA CLARA DE BALMASEDA DESDE SAN MARTÍN DE DON, A ESTA VILLA

————————————————–

 

Vida y Economía del Monasterio de Santa Clara de Balmaseda: 1666-1984

La existencia de un Cabildo Parroquial muy fuerte con diez beneficiados, para una población corta (unos 550 habitantes), pudo ser la causa de la inexistencia de órdenes religiosas masculinas en la villa vizcaína de Balmaseda a lo largo de los siglos XVI y XVII. Más extraño parece que no existiera ningún monasterio de monjas, cuando en otras villas más o menos similares, vivían desde principios del siglo XVI comunidades de mercedarias, agustinas o dominicas (1). En Balmaseda las clarisas no habrían de llegar hasta bien mediado el siglo XVII y esto, por gracia de una donación privada.

Este siglo, que fue de crisis general, con una economía deprimida y una población vacilante, tuvo sin embargo un amplio desarrollo estamental; los propietarios y los notables de la villa comenzaron un ascenso que se consolidaría en la siguiente centuria (2). El clero se vio inundado por las obras pías, fundaciones y capellanías, muchas de ellas sostenidas por los indianos que se volcaron hacia su villa natal. La más solemne de estas fundaciones fue, sin duda, el Monasterio de Santa Clara extramuros (3).

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1. La Fundación

D. Juan de la Piedra Verástegui tenía una hija novicia en el Convento de San Martín de Don, cercano a Frías (Burgos). Este hecho y el amor hacia su tierra natal, le decidieron a fundar en Balmaseda, un convento de monjas clarisas.

Era Don Juan un mercader balmasedano, vecino de Sevilla y residente largos años en Panamá, donde falleció
(… «Esperando flota o galeón para volver a España»…) en Septiembre de 1644. Dejo redactado un largo testamento, otorgado en Marzo de 1643, por el cual legaba a su villa natal, todos sus bienes a fin de que con ellos se fundase un Convento de religiosas de la Orden de Santa Clara.

Nombró como albacea testamentario a su hermano Francisco, el cual en septiembre de 1646, se hizo cargo en Sevilla de los bienes llegados de América, que una vez tasados, y deducidos impuestos, hipotecas, pagos varios, albaceazgo y expedición de juros, ascendieron a un total de 46.672 reales 24 maravedíes (4).

El Ayuntamiento, que vio con mucho interés la Fundación, instó a todas las partes implicadas a acelerar el proceso testamentario, a fin de conseguir lo más rápidamente posible los permisos y licencias necesarios (5). En 1652 los patronos del futuro convento estaban ya «rompiendo un sitio en la parte del campo para la fábrica del Seminario» (6).

Con la licencia del Arzobispado de Burgos, el 26 de octubre de 1666 partieron del Convento de Clarisas de San Martín de Don, las seis madres fundadoras bajo la autoridad de Sor María Jacinta de la Puente, que habría de ser la primera abadesa del nuevo convento balmasedano (7). Llegaron a la villa el día 31 de octubre y fueron recibidas por el Arzobispo burgalés, D. Enrique de Peralta y Cárdenas, también balmasedano, y por toda la villa, con gran regocijo.

Se celebro de inmediato una solemne función para bendecir toda la fábrica y entronizar en ella el Santísimo Sacramento. En el mismo acto se impusieron los hábitos a seis novicias de la villa, entre las que se hallaba Catalina de la Piedra, que era deuda del fundador (8).

Las 16 nuevas clarisas comenzaron su vida en el monasterio, que estaba formado por 20 celdas, claustro, zaguán, locutorio, horno, granero, bodega, refectorio, cocina, recocina y enfermería; además de una huerta que abarcaba 1870 brazas de a 7 pies (9).

1.2. Capitulaciones con el Cabildo

El Régimen y Gobierno del Monasterio había de ser supervisado periódicamente por el Arzobispo metropolitano de Burgos, de cuya diócesis dependía Balmaseda, en tanto que los dos Cabildos de la villa, el eclesiástico y el municipal, eran los segundos copatronos del convento (10).  Este último punto se convirtió enseguida en una fuente de conflictos, lo cual obligó a todas las partes interesadas a la conformación de unas Capitulaciones que fijasen las posiciones y competencias de cada cual (11).

Se firmaron las mencionadas Capitulaciones el día 30 de Diciembre de 1665 ante el escribano D. Tomás de Cueto, contando con la aprobación diocesana. Fueron largas y prolijas en sus 24 capítulos, y de su lectura y análisis se desprende una evidente preocupación del Cabildo parroquial ante la nueva situación que se planteaba. Los 10 beneficiados eclesiásticos temen la competencia que el convento pueda crearles, tanto en fieles como en limosnas, dado que las Clarisas iban a habitar en la zona extramuros del Barrio de la Plaza y Puerta del Campo, donde se agrupaba mucho vecindario.

Los capitulados más importantes se concretan en estos cinco temas:
– Las Clarisas solamente obedecerán la autoridad del Arzobispo de Burgos por siempre jamás.
– Nadie podía ser enterrado en la iglesia del Convento, excepto los Patronos y sus esposas.
– La Comunidad pagaría sus diezmos al Cabildo, sin contar los de la fábrica y la huerta.
– Se fundarían dos capellanías en el Convento, dotadas con 300 ducados una, que seria además el Confesor, y la otra con 200 ducados, .a fin de cumplir las misas por el fundador.
– La Comunidad debería tener siempre cuatro hermanas legas como servicio, no pudiendo tener ni ayas ni criadas seglares.

El referido a los diezmos era sin duda el capitulado que más perjuicio habría de causar a los curas. Con la obra de fábrica perdió el Cabildo toda la renta del ámbito de la huerta y clausura del Convento, que era muy amplio, y de cuyos terrenos los Beneficiados solían sacar anualmente más de cincuenta cántaras de chacolí, porque ese lugar se hallaba ocupado sobre todo por viñas-parrales.

Para resarcir al Cabildo de las citadas pérdidas las monjas se obligaron a pagar la cantidad anual de 100 reales, o bien a entregar por una sola vez 200 ducados de principal, para que los Beneficiados pudieran rentarlos en fincas. Se decidió esta segunda opción, haciéndose la entrega el año de 1672 (12).

1.3. Elecciones

En el interior de la clausura los diversos cargos, que por elección debían desempeñar las monjas, estructuraban la vida, el trabajo y las obligaciones de cada miembro de la Comunidad. Las elecciones se celebraban rigurosamente cada tres años, en presencia del Señor Arzobispo o de su Visitador General, que asimismo realizaba la inspección completa del convento, revisando todas sus instalaciones y repasando los libros de cuentas. Tras la inspección era costumbre «tomar la secreta» a todas las monjas. Era ésta una práctica por la cual el Visitador iba llamando a cada religiosa, por su orden de antigüedad y le pedía información sobre la observancia de las reglas y Estatutos de la Orden y del Convento.

Tras una Misa del Espíritu Santo y en presencia del notario, se procedía a la elección de los cargos del Convento, designándose a la Abadesa solamente por mayoría absoluta (13).  Una vez era elegida ésta,  todas las monjas le rendían obediencia, designándose a continuación una Vicaria, tres Consiliarias, etc., y una maestra de novicias (14).

1.4. El reglamento interior

Diversos indicios documentales dan a entender que la vida en el Convento no era tan dura ni tan estricta como se pudiera pensar. El individualismo y la «obligada vocación» de algunas monjas, hicieron necesario un estricto Reglamento de Régimen interno del que entresacamos estas dos observaciones (15):

–  Se procurará que todas vayan vestidas de manera similar, sin sobresalir y sin portar joyas ni velos de seda o ropas de colores profanos.
–  Que las monjas se traten con humildad, cortesía y atención, sin decirse palabras descompuestas.

Cada día terminaban sus quehaceres con los oficios, que «por lo destemplado de la tierra» se rezaban a las siete en invierno y a las ocho en verano. El régimen de comidas era bueno y variado; tomaban media libra de carne con su tocino (o pescado) para comer y dos huevos para cenar, acompañando ambas comidas con un plato de verdura de principio y fruta para postre, así como medio cuartal de pan y un cuartillo de vino para cada una. Hacían seis comidas extraordinarias al año y con las sobras de cada día, más garbanzos o sopa se ayudaban a los pobres de la villa (16).

2. ECONOMIA CONVENTUAL

Fue este un convento de economía holgada, que si bien no tuvo nunca grandes posesiones, sí contó con rentas y dotes en cantidad suficiente. Las Clarisas fueron además unas buenas administradoras, que tenían por norma invertir de inmediato cualquier dinero que llegase a sus arcas (17).

La donación del fundador ascendió en el remanente de sus bienes a la cifra de 1.586.856 maravedíes. Cuando el Rey Felipe III dio su Real Licencia para la fundación el 23 de Marzo de 1665, tuvo a bien convertir esta cantidad en tres Juros de papel sellado de 528.952 maravedíes cada uno hechos sobre los Derechos de Adelantamiento de los partidos de Burgos, Palencia y Valladolid (18).  Este saneado comienzo de la economía conventual permitió disponer de unas rentas con capacidad de inversión que las Clarisas supieron aprovechar.

2.1. Rentas

El Monasterio tuvo a lo largo de un siglo, aproximadamente entre 1742 y 1852 los siguientes ingresos en concepto de Censos y Juros, pagados en moneda de Real:

Censos y Juros: Ingresos en Reales
 
SIGLO XVIII SIGLO XIX
1742/45-15.364
1745/48-14.943
1748/51-13.661
1751/52-4.356
1752/55-14.268
1755/58-14.021
1758/61-13.284
1761/64-14.243
1764/67-15.185
1767/70-17.176
1770/73-17.256
1773/76-16.224
1776/79-19.115
1779/82-21.259
1782/85-29.213
1785/88-29.875
1789/92-29.435
1792/95-16.374
1795/98-17.250
1798/01-18.852
1801/04-19.209
1804/07-23.066
1807/10-18.311
1810/13- 7.637
1813/14- 6.848
1814/17-22.765
1817/20-16.568
1820/23-13.974
1823/26-26.139
1826/29-27.064
1829/32-24.504
1832/35-19.620
1835/38- 5.441
1838/41-12.915
1841/44-25.893
1844/46-10.273
1846/49-15.908
1849/52-13.898

Fuente: A.C.C.B. Libro de Censos Antiguos.

Las cuentas presentan datos por trienios según el mandato de cada abadesa, excepto en 1751/52 en que murió la elegida durante su primer año de gobierno. Los ingresos fueron constantes y con un promedio de 15.735 reales, marcándose máximos que ascienden a casi 30.000 reales en fechas inmediatamente anteriores a la Guerra de la Convención, así como dos etapas de mínimas rentas que coinciden precisamente con dos etapas desamortizadoras: las de 1811-14 con los franceses y la de 1837 con Mendizábal (19).  En 1855 tendría lugar una tercera desamortización, en tiempos de Madoz, cuyo al­cance se desconoce por falta de fuentes, ya que éstas son inexistentes desde 1852. Hay indicios de que, con esta última exvinculación, quedó desposeído el Monasterio de buena parte de sus tierras, quedando más o menos con la extensión de huerta actual. Se carece de base documental para esta aseveración.

2.2. Inversiones

Las Clarisas fueron buenas inversoras en censos y rentas de la Administración Pública y de otras entidades con apoyo oficial. La mayoría de estos censos se imponían a corto plazo, máximo de tres años, renovables y algunos de ellos, caso de las abacerías, por un solo año.

Por el hecho de tener los juros de fundación en la Corte, una buena parte de las rentas provenientes de allí, las fueron invirtiendo en los cinco Gremios Mayores de Madrid. En esta entidad hicieron progresivas imposiciones que, entre 1764 y 1784 pasaron de 1.100 ducados hasta 10.000, llegando en 1792 a los 15.000, a un rédito del 3 %. Con la Guerra de la Convención tuvieron que rebajar su inversión para poder sostener la manutención de la Comunidad, reinvirtiendo en cambio algunas dotes en 1801. La invasión francesa les dejó sin rentas de los Gremios a partir de 1809.

Los Censos en la Villa de Bilbao se colocaron, unos en la Prebostad, que paga el Consulado (en 1752 imponen 2.000 ducados, el primer año al 3 % y los otros dos al 2 %) y otros en las Abacerías y Carnicerías bilbaínas por un importe de 60.000 ducados que producían 1.320 reales al año (20).

Censos del Convento. Siglos XVIII y XIX: en Rs.

Censuarios
1764-69 1832-35 1849-52
Renta % Principal Renta % Principal Renta % Principal
Concejo de Galdames 11.000 376-25 3,5 11.000 376-25 3,5
Concejo de Güeñes 11.000 207-2 2 11.000 207-2 2 11.000 207-2 2
Ciudad de Orduña 22.000 990 1,5 22.000 990 1,5 22.000 990 1,5
Madrid Cinco Gremios 12.100 591-32 5            
Bilbao-Abacerías 66.000 3.960* 6 66.000 3.960* 6 66.000 5.280* 8
Bilbao-Prebostad 44.000 2.640* 6 44.000 2.640* 6 44.000 2.640* 6
Bilbao-Tres Comunidades 41.800 2.508* 6 10.500 210* 2 10.500 1.050* 10
Concejo de Gordejuela 23.650 640 2,7            
Villa de Elgoibar       33.500 1.005 3 33.500 1.050* 3
Villa de Valmaseda       12.000 360 3 12.000 360 3
Correos de Santander       26.000 1.170 4,5      
Camino de Castro       40.000 2.000 5      
Vereda Durango-Bermeo       2.804 62-17 3      

Fuente: A.C.C.B. Libro de Censos Antiguos y Libro de Censos.* Rentas de tres años

Las Clarisas invirtieron en los Concejos encartados, como los de Galdames y Güeñes, con Censos renovados durante muchos años. En el de Gordejuela se hizo Censo contra las monjas de Santa Isabel suscrito por el Ayuntamiento de aquel valle entre 1762 y 1767 (21).

En el siglo XIX continuaron las inversiones en municipios que en su gran mayoría tuvieron como destino la financiación de obras.  Las etapas bélicas habían dejado exhaustas las economías particulares y por supuesto las del Señorío y las Villas, y eran necesarios nuevos aportes de capital. Estamos en la época de expansión de la red viaria y las Clarisas aprovecharon este momento para invertir en la financiación de caminos. Tal es el caso de las imposiciones en el Consulado de Santander y Camino Nuevo de La Rioja, con 26.000 reales al 4,5 %, o los otros 40.000 reales al 5 % destinados al Camino de Castro durante los años de 1830 (22).

2.3. Inmuebles

La gran mayoría de las Propiedades inmobiliarias del Convento tenían dos fuentes. Por un lado las dotes y propiedades que aportaban las religiosas, y por otro legados piadosos de los vecinos de la Villa. Todos estos bienes, tanto urbanos como rústicos, los tenían en diversos tipos de arrendamientos.

En 1742 las Clarisas aparecían como arrendatarias de una casa en la calle Correría que Antonio de la Puente les alquilaba en 13 ducados anuales (23), si bien esta vivienda no se reflejó en la fogueración de 1745 por ser de manos eclesiásticas, señalándose sin embargo la posesión de un piso en la calle del Medio destinado a casa del Preceptor (24).

Medio siglo después los bienes urbanos de la Comunidad se habían triplicado, poseyendo por entonces las Clarisas dos casas, cada una con su inquilino, que les rentaban 375 reales, así como el Caserío de la Baluga, que les daba otros 110 reales (25).  Por último en la fogueración de 1795 se señalaba la existencia de tres inmuebles, uno para el preceptor y los otros dos alquilados (26).

Tras la invasión francesa, las propiedades y rentas eran del siguiente tenor:

RENTAS URBANAS Y RUSTICAS EN 1809
 
Calle Cuesta: 2 cuartos 220 Rs.
1 bodega 7 Rs.
Casa más bodega 81 Rs.
Casería de la Baluga 76 Rs.
TOTAL INMUEBLES 257 Rs.
Dos huertas 446 Rs. 17 mrs
Cuatro campas 42 Rs.
Un parral 176 Rs.
TOTAL RUSTICOS 664 Rs 17 mrs
TOTAL GENERAL DE RENTAS 921 Rs. 17 mrs   (27)

Cuando José I suprimió las Ordenes monásticas, se incautó de sus patrimonios y los convirtió en Bienes Nacionales; en el remate que se celebró en Bilbao el 6 de Agosto de 1811, de las propiedades del Monasterio de Santa Clara solamente se sacó a pública subasta la casa de la calle de la Cuesta, que mereció una oferta de 1458 mrs. (28).

2.4. Dotes

Fueron un apartado considerable de los ingresos conventuales. No hay que olvidar que las novicias, hasta que llegaban a profesar, pagaban por su manutención 40 ducados anuales, pero mientras tanto su dote ya producía rentas a lo largo del noviciado. La dote mínima de ingreso se fijó en 200 ducados, cifra que no estaba al alcance de todas las economías. Por ello el fundador creó un Fondo para Indotadas, que facilitara el pago de esa cantidad a las jóvenes que, deseando profesar como clarisas, no dispusieran de caudales para dote. Este Fondo lo dirigió en un principio a mujeres de su entorno familiar y en su defecto a otras doncellas desheredadas de la Villa e incluso de las cercanías (29).

En el Archivo conventual existe un único Libro de Donadas, en el que se han inscrito las Dotes de un siglo, entre 1729 y 1829, que da un total de 307.319 reales (30).

A todos estos ingresos habría que añadir las donaciones particulares a veces de origen piadoso, y otras de familiares de religiosas, que dejaban su herencia a los fondos del Monasterio (31). Tanto con las dotes como con las donaciones, las Clarisas fueron completando la obra de fábrica, así como la iglesia y otras dependencias anexas (32).

3. OTROS APARTADOS CONVENTUALES

El mandado testamentario de Don Juan de la Piedra alcanzaba también a otros ámbitos próximos a la Fundación; por eso, con su legado, no solo se edificó el convento y la iglesia, sino que se creó el Fondo para Indotadas ya citado, se designaron unos Patronos que supervisaran la marcha del convento y, sin olvidar las misas perpetuas que él encargó por su memoria, ordenó la creación de una Preceptoría aneja al monasterio.

3.1. La Preceptoría

Cuando el fundador creó Santa Clara no quiso que fuese únicamente una casa de oración, sino también un centro de enseñanza de Gramática y Buenas Costumbres para los hijos de la Villa. Mandó que se construyese una casa, con su escudo de armas en la fachada, con dos aulas para los discípulos. El preceptor debía de ser un sacerdote, con buena fama y costumbres, que fuese hombre de letras y al que ayudarían uno o dos pasantes.

Esta preceptoría a la que se llegó a denominar pomposamente Cátedra de Latinidad solamente pudo mantenerse gracias al apoyo del Ayuntamiento, que comprendió el beneficio que reportaba su existencia. Así, cuando en 1718 las monjas, por estar escasas de rentas (33),  dejaron de pagar sus estipendios; y como algunos años más tarde se mantuviese tal situación, la corporación municipal decidió litigar con el Convento por incumplimiento de concordia.

El pleito fue largo y costoso, resolviéndose ante el Consejo de Castilla (34) de manera que, aunque las Clarisas obtuvieron la razón (35), se vieron obligadas a pagar al Ayuntamiento los atrasos, por un valor de 70.363 reales, que la villa colocó en los cinco Gremios Mayores de Madrid, para con sus rentas seguir pagando al Preceptor (36).

El Regimiento Municipal nunca quiso abandonar este servicio que, en 1790, acogía 32 alumnos, de los que 20 no pagaban por ser pobres. Tan importante era su labor que los niños salidos directamente de sus aulas pasaban a examinarse por Libre, a mediados del siglo XIX, en el Instituto de Segunda Enseñanza (37).

3.2. Los Patronos

El fundador nombró como primeros Patronos del Convento a Pedro de la Piedra Carranza y a Juan de Arroyos, sus primos, para que se ocupasen del cumplimiento estricto del legado. Debían recibir una renta de 200 ducados anuales, con seis años de carencia, y con la obligación expresa de encargar misas por la memoria del testador. El cargo fue hereditario y conllevaba el privilegio de poder ser enterrado en el convento, junto con su esposa.

Como Copatronos se designaron a los dos Cabildos de la Villa, el municipal y el eclesiástico, delimitándose las competencias por medio de las Capitulaciones citadas en el punto 1.2. No por ello dejó de haber fricciones entre los cuatro Patronos, por cuestiones de preeminencia como, por ejemplo, quien debía ocupar la presidencia en los actos litúrgicos del Convento (38).

3.3. Pleitos

Las Clarisas no pleitearon con el Cabildo eclesiástico. Las relaciones fueron, si no del todo excelentes, al menos normales y sin grandes tensiones entre los Beneficiados de la Villa y las religiosas de Santa Clara.

Con el Regimiento las cosas fueron bien distintas. Además de otras controversias los tres grandes temas de litigio fueron la Preceptoría, el Campo de las Monjas y los Impuestos de Abastos. Todos los pleitos fueron largos y costosos, y ninguna de las partes regateó esfuerzos ni dinero, con tal de ganarlos. (Para el litigio sobre la Preceptoría remitimos al apartado 3.1.).

En cuanto al denominado Campo de las Monjas que se extendía frente al Convento, al Ayuntamiento trató de plantar árboles para ornato y paseo de los vecinos. Las Monjas interpusieron pleito aduciendo fundamentalmente cuestiones de moralidad, preservación de clausura y lugar para procesiones extra conventuales. La sentencia en grado de recurso fue favorable al Convento.

Sobre el pago de tributos, las religiosas se consideraban exentas de su pago, por lo cual litigaron con el Regimiento contra la percepción de la sisa sobre las mercaderías que llegaban al Convento traídas por los arrieros. En unos casos aducían su situación extramuros y en otros, como en el siglo XIX, la escasez de recursos (39).

EPILOGO

En mayo de 1855, en plena desamortización de Madoz, un informe oficial sobre el convento señalaba que ninguna de las monjas ni tampoco la Comunidad como tal, disfrutaban de pensión del Estado, antes bien, se sostenían con el producto de sus cortos bienes así como de limosnas de almas piadosas (40). Desconocemos lo que ocurrió durante la desamortización, si bien sabemos que la Comunidad conservó únicamente la fábrica del Convento, la iglesia y una huerta con cementerio de unos 8000 metros cuadrados. A falta de datos documentales, esta información se ha trasmitido verbalmente a través de generaciones de religiosas.

Durante la contienda civil de 1936-39 las religiosas más jóvenes se trasladaron a varios conventos del norte de la provincia de Burgos, permaneciendo en el edificio solamente las de mayor edad. Las estrecheces que sufrieron trataron de paliarlas los propios balmasedanos, en situación bastante similar, acercándoles alimentos a través de las tapias del convento.

En las últimas décadas se hacia ostensible el deterioro de la fábrica conventual siendo enormemente gravoso su reparo y mantenimiento, por lo que, tras los permisos pertinentes del Obispo y el Papa, la Comunidad decidió vender la propiedad por un valor de 30 millones de pesetas.

La condición de Monumento Histórico Artístico provincial del edificio ha impedido su demolición y sus nuevos propietarios tienen previsto convertirlo en un hostal parador, cuyas habitaciones se asomaran al claustro, por el que tantas Clarisas pasearon y rezaron a lo largo de los tres últimos siglos (41).

NOTAS:

(1).- El Ayuntamiento de Balmaseda pagaba rentas de juros a las Clarisas de Castro y de Medina de Pomar, en razón de sendos favores reales, concedidos desde finales del siglo XV. Archivo Municipal de Balmaseda, reg. 39Libro Privilegio de las monjas de Castro.
(2).- GOMEZ PRIETO, Julia. Balmaseda en el Antiguo Régimen: Siglos XVI-XIX. Población, Sociedad y Economía.Deusto 1985.
(3).- Puede que las ermitas de la Villa acogiesen en siglos anteriores a ciertas beatas en régimen de Comunidad. De hecho las Clarisas de Abando de Bilbao, a partir de un beaterio, abrazaron la Regla y Clausura en 1653 LABAYRU, E., Historia de Vizcaya. Tomo 8. Pagina 151.
(4).- Archivo Convento Clarisas de Balmaseda (A.C.C.B.) Testamento de Don Juan de la Piedra. Año 1643. Las ventas se hicieron a finales de 1646 en Sevilla.
(5).- A.M.B. Libro de Decretos Reg. 25  f. 402v. de 24 de Abril de 1644.
(6).- A.M.B. Libro de Decretos Reg. 26 f. 139v. de 30 de Agosto de 1652.
(7).- A.C.C. B. Libro de elección de Abadesas f. 6v. También en GOMEZ PRIETO, J., op. cit. Apéndice documental n.° 43.
(8).- Entre las diez nuevas profesas se encontraban hijas de las mejores familias de Balmaseda con apellidos como Arroyos, Orrantia, Verástegui, etc. y dos grandes herederas: Dª Ana de Urrutia, del linaje del Almirante y terrateniente Urrutia y Dª Maria de Zumalabe, de conocida familia de ferreros y comerciantes en cobre. A.C.C.B. Libro de visitas f. 5 y ss.
(9).- A.C.C.B. Acta de Fundación 4 de Noviembre de 1666. Al folio 4 aparece la inspección de la obra de fábrica previa a la Licencia Arzobispal, el 10 de Julio de 1662
(10).- Archivo Parroquial de Balmaseda (A.P.B.) Papeles varios Caja 1 Legajo 13 nº 4.
(11).- A.C.C.B. Capitulaciones celebradas por el Convento de Santa Clara Impresas en 1679.
(12).- A.C.C.B. Carta de pago del Cabildo eclesiástico de los 2000 ducados  de lo capitulado en las Concordias. Año de 1672.
(13).- A.C.C.B. En 1695 se hicieron tres votaciones sin salir abadesa; el arzobispo eligió a la Clarisa menos votada. Libro de elección de Abadesas  f.68.
(14).- Cuando el número de monjas era muy corto, tanto las ancianas como las enfermas podían ser elegidas para cargos. Así ocurrió en 1810 en que solo había ocho profesas y dos legas.
(15).- A.C.C.B. Libro de Fundación del Convento f. 26 y ss. Visita del año 1672.
(16).- A.M.B. Reglamento de la Junta de Caridad y Reglas para los pobres de Balmaseda punto 13.2. Hacia el año 1783 s.f.
(17).- Las lagunas existentes en las fuentes documentales limitan un análisis económico amplio, al ser los libros de Cuentas, Rentas y Censos cronológicamente dispares, lo que obliga a suponer la posible evolución del dinerario.
(18).- A.C.C.B. Licencia Real y Concesión de Juros, hoja impresa en 1667.
(19).- Por estas fechas se había suprimido el Convento de Padres Carmelitas que quedó cerrado al Culto en 1835. Fue expropiado, inventariado y vendido, demoliéndose en 1841.  A.M.B. Libro de Acuerdos  Reg. 70 f. 81 v. Inventario de los Bienes del Convento en 1841.
(20).- A.C.C.B. Libro de Censos del siglo XVIII  s.f.
(21).- A.C.C.B. Libro de Censos Antiguos  f198.
(22).- A.C.C.B. Libro de Cuentas y Razón de los Bienes del Convento s.f. Se firmó la escritura con los Cónsules y Prior del Consulado del Mar de Santander el 25 de Agosto de 1804.
(23).- A.C.C.B. Libro de Cuentas del siglo XVIII  f. 43.
(24).- Archivo General del Señorío de Vizcaya (A.G.S.B.), Fogueración de 1745 Datos de Balmaseda.
(25).- A.G.D.V. Expedientes de riqueza territorial Balmaseda Año 1795.
(26).- A.G.S.V. Fogueración de 1796. Datos de Balmaseda. En esta lista aparecen las monjas clarisas de Medina de Pomar, como propietarias de una casa con dos inquilinos.
(27).- A.C.C.B. Libro pequeño de cuentas de estos años.  s.f.
(28).- A.G.S.V. Bienes Nacionales  Reg. 2 Leg. 1 Años 1810-12.
(29).- A.C.C.B. Testamento de Don Juan de la Piedra. Impreso en 1696.
(30).- A.C.C.B. Libro de Donadas s.f.
(31).- A.C.C.B. Libro de cuentas de Don Juan de los Llamos s.f. Mariana de Villarprego y los Llamos entró de novicia en 1767 con 30 años de edad y 1000 pesos de a 20 reales de dote. Pudo profesar clarisa gracias al envío hecho por su hermano F. Javier desde Guatemala a donde había llegado en 1756 a casa de su tío Joaquín de los Llamos, calificado Comisario del Santo Oficio de la Inquisición.
(32).- Archivo Histórico de Protocolos de Vizcaya (A.H.P.V.). Notaría de Domingo de Terreros Leg. 2180 f.67 1 de Marzo de 1741. En 1740 el Arzobispo dio permiso al Convento para invertir 1000 ducados de dotes, en dorar el Retablo mayor de la iglesia. Lo que realizó Luis de Foncueba y Quintana, maestro dorador de Bilbao.
(33).- En 1790 las Clarisas vieron disminuir las Rentas de los Juros del fundador, por la media annata y el 5 % de que se valió el Rey. Hubo que cesar al Repasante por falta de dinero.
(34).- Archivo Histórico Nacional (A.H.N.) Consejos  leg. 1749/25,  año 1793.
(35).- A.C.C.B. Libro de Ejecutorias ganadas por el Convento  s.f.
(36).- A.M.B. Libro de Acuerdos  Reg. 58  f. 26,  Agosto de 1793.
(37).- A.M.B. Libro de Acuerdos  Reg. 71  f.214,  31 de Marzo de 1851.
(38).- A.M.B. Libro de Decretos Reg. 27  f. 121.
(39).- Archivo del Corregimiento de Vizcaya (A.C.V.) leg. 767 nº 11.
(40).- A.C.C.B. Relación nominal de Religiosas de la Comunidad…a 9 de Mayo de 1855. La Superiora era Sor Ramona de Santa Clara que había profesado en 1807. En los tres últimos años habían entrado siete nuevas Clarisas.
(41).- El 16 de Abril de 1984 las ocho Clarisas se trasladaron a su nueva residencia en Lujua; es este un convento que comparten con otra comunidad de clarisas llegadas del desaparecido Convento de Las Calzadas de Mallona en Bilbao.

APENDICE I

FUNDACIÓN DEL CONVENTO DE SANTA CLARA EN LA VILLA DE BALMASEDA

Balmaseda. 26 de Octubre de 1.666.
Archivo del Convento de Santa Clara de Balmaseda
Libro de Visitas y Elecciones. F. 5.

Trascripción directa del documento
Está publicado en Colección Malseda Tomo II Balmaseda 1995 pp. 206

«Don Enrique de Peralta y Cárdenas por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Arzobispo de Burgos del Consejo de su Majestad por cuanto Juan de la Piedra natural que fue de esta villa por el testamento debajo de cuya disposición murió, otorgado en la ciudad de Panamá en los veinte y  ocho de Marzo y  año pasado de mil seiscientos cuarenta y tres ante Agustín de Recalde escribano de su Majestad mandó que pagadas sus deudas mandas y legados que hizo se fundase un convento de monjas de la Orden de Santa Clara con renta suficiente para el sustento de las religiosas y conservación de él; y que  en ejecución del dicho testamento las personas quienes llamo por patronos en virtud de las licencias de su Majestad y señores Arzobispos nuestros antecesores han hecho y edificado en esta villa con la renta que está impuesta, una casa convento con iglesia, en el ínterin que se fabrica otra mas capaz y las oficinas necesarias; y nos, deseando que con toda brevedad se cumpla y ejecute la voluntad y santo celo del fundador habiendo llegado a esta dicha villa y constándonos por vista de ojos que hicimos de la mayor comodidad decencia y seguridad de dicha casa convento donde las religiosas que hubieren de entrar pueden vivir y permanecer a mayor gloria de Dios Nuestro Señor y ejemplo público en práctico encerramiento y clausura, y asimismo de la iglesia en él por ahora dispuesta para ser colocado en ella el Santísimo Sacramento y ofrecerle con los santos sacrificios de la Misa; y porque las que entrasen por religiosas novicias y para mayor perfección de vida acabado el año de noviciado profesaren en la religión tengan otras, que como experimentadas y capaces en las cosas de ella las instruyan en sus reglas y estatutos, perfección de vida, gobierno espiritual y temporal del convento, teniendo noticias bastantes de la mucha virtud, religión, capacidad y experiencia de las Madres Doña María Jacinta de la Puente Abadesa actual del muy religioso convento de San Miguel del lugar de San Martín de Don, Orden de Santa Clara y nuestra obediencia doña Ana María de Agorreta y de la Puente, doña Ana María Miguel del Río, doña María Samaniego, doña Manuela Fernández de Manzanos, doña Juana María de Langarica, religiosas de coro y velo, y Clara de Valderrama donada en él, hemos acordado de traerlas por fundadoras del dicho nuestro convento y poniéndolo en ejecución permitimos y damos licencia a las dichas religiosas para que sin incurrir en pena ni censura alguna puedan salir de la clausura del dicho convento, y mandarnos que la Madre Presidenta y demás religiosas de él, no se lo prohíban, y que las acompañadas y asistidas de los Licenciados don Juan de Verástegui, don Mateo de Salazar, Vicente de Trambarria, Juan de las Cerrajerías, beneficiados y capellán de esta dicha villa a quienes nombramos, puedan ser traídas vía recta, con toda decencia y autoridad, echados los velos sobre los rostros a ellas, a la casa y sitio que por nos se disputare, donde estén hasta que entren a poblar y vivir dicho convento, y porque en la distancia de catorce leguas de camino que hay, es preciso hayan de hacer noches y mansiones a los medios días para descansar y tomar algún sustento que el día que salieron de dicho convento de San Martín de Don, vayan a sipear y hacer medio día al de religiosas de Santa Clara de Nuestra Señora de Ricas y encargamos a la Madre Abadesa y religiosas de él, que para el efecto las admitan dentro de su clausura, y hacer noche al de San Pedro de la villa de Medina de Pomar, orden de San Agustín y nuestra obediencia y desde allí al de Santa Ana de Villasana, de la misma orden y obediencia, donde harán noche y mandamos a las Madres Abadesa y Presidenta y religiosas de los dichos dos conventos las admitan dentro de sus clausuras para hacer noche, y que los días siguientes a ellas, las entreguen a las dichas personas nombradas, para que se prosigan sus jornadas sin hacer mansión en otra ninguna parte hasta esta dicha villa, y como así se ejecutare se pondrá por fe a continuación de este despacho, y un traslado de él se entregara a la Madre Presidenta del dicho convento de donde siempre conste y este original con lo en su virtud ejecutado, se pondrá en el libro que se ha de formar para la recepción de religiosas del dicho nuevo convento. Dado en la dicha villa de Balmaseda a veintiséis del mes de octubre de mil seiscientos sesenta y seis años. Firmado: Enrique Arzobispo de Burgos.

Tabla de las fundadoras que vinieron a este convento desde el de San Miguel de San Martín de Don, orden de nuestra madre Santa Clara
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n       doña María Jacinta de la Puente, Abadesa
n       doña Ana María de la Puente y Agorreta
n       doña Ana María Miguel de el Río
n       doña Juana Manuela Langarica
todas religiosas de coro y velo negro
n       Clara de Valderrama, donada

Tabla y memoria de las Novicias que en el día tres de noviembre de mil seiscientos sesenta y seis entraron dentro de la clausura del convento de nuestra madre Santa Clara extramuros de esta villa de Balmaseda; a quienes en el mismo día por la mañana dio los hábitos de bendición en la parroquia de San Severino, el ilustrísimo señor Don Enrique de Peralta y Cárdenas. Arzobispo de Burgos del Consejo de su Majestad.

n       1 – doña Catalina de la Piedra, deuda del fundador
n       2 – doña Francisca Victoria, con 800 ducados de dote
n       3 – doña María de Arroyos, deuda del fundador
n       4 – doña Ana de Urrutia, con 800 ducados de dote
n       5 – doña Bernarda de Orrantia, deuda
n       6 – doña Ángela de Verastegui, deuda
n       7 – doña María Zumalabe, con 700 ducados de dote
n       8 – doña María Verastegui, deuda
n       9 – doña Antonia del Solar, deuda
n       10 – doña María de Entrambasaguas, deuda

Han de pagar cada una 40 ducados de alimentos en cada un año, de los que estuvieren sin profesar; propinar, derechos de sacristía; se tomaron en escrituras en testimonio de Tomás de Cueto, escrivano de número de esta villa. Firmado Juan Antonio García.»

 

APENDICE II

VIAJE DE LAS FUNDADORAS DEL CONVENTO DE SANTA CLARA DE BALMASEDA DESDE SAN MARTÍN DE DON, A ESTA VILLA

Balmaseda. 28 / 30 octubre de 1.666.
Archivo del Convento de Santa Clara de Balmaseda.
Libro de Elección de Abadesas. F. 6 V.

Trascripción directa del documento
Está publicado en Colección Malseda Tomo II Balmaseda 1995 pp. 208

«El dicho Juan de Verastegui certifica como salieron sobre las 10 horas del día del Convento de San Martín de Don (donde la Madre doña María Jacinta de la Puente era abadesa), echándose los velos sobre el rostro y habiendo llegado dicho día después de medio día en vía recta a un lugar del valle de Tobalina llamado Quintana de Martín Galíndez fue necesario hiciesen un alto y bajasen de la litera. Dicha Madre abadesa y sus religiosas se entrasen en una casa y sala de ella a descansar por cuento a su merced y a doña María de Samaniego les sobrevino achaque y se recobraron y sosegaron cosa de una hora y se partió de dicho lugar en continente.

Llegose al Convento de Nuestra Señora de Rivas de la Orden de Santa Clara dicho día jueves 28 de octubre de este presente año por la tarde a cosa de una hora antes del anochecer y se hizo notorio el exhorto y orden de su ilustrísima el señor Arzobispo a doña Isabel de los Ríos abadesa de dicho convento quien obedeciendo abrió su puerta reglar y recibió dichas religiosas a donde hicieron noche.

Partieron del dicho convento de Rivas el viernes por la mañana a cosa de las 10 horas del día que se contaron dos y nueve del presente mes de octubre y vía recta se caminó a la villa de Medina de Pumar y fuera de los muros y puerta de San Francisco se entró en dicha villa y se llegó al Convento de San Pedro de religiosas de San Agustín sujetas a la jurisdicción de su ilustrísima el Arzobispo Nuestro Señor y se apearon las dichas religiosas y fueron recibidas por la abadesa y demás monjas del dicho convento en su clausura y para que así consta lo firma en Medina de Pumar dicho día por la tarde a cosa de las 4 horas.

Sábado que se contaron treinta de octubre de 1.666 por la mañana a cosa de las 9 horas salieron de la dicha clausura dichas fundadoras y vía recta se caminó para la villa de Villasana en la forma que manda su ilustrísima el Arzobispo Nuestro Señor y se llegó a cosa de las 2 de la tarde a la venta de la Aya y allí se apearon y estuvieron dichas religiosas en el portal de dicha venta a un lado del descansando en el interim que se dio secado a las cabalgaduras e un continente dentro de 1 hora se partió siguiendo en la vía recta y llegó dicho día por la tarde a media ora antes del anochecer al convento de Santa Ana de Monjas Clarisas Villasana de religiosas de la Concepción franciscanas sujetas a la jurisdicción del Arzobispo Nuestro Señor en donde y su clausura fueron recibidas por la Presidenta y monjas del dicho convento y quedaron en él dicha noche.

Domingo postrero día del dicho mes a cosa de las 10 horas de la mañana salieron de la clausura de dicho convento de Santa Ana de Villasana las dichas funda­doras y se partieron en vía recta en la forma que se ordena por el mandato de su ilustrísima para la villa de Balmaseda acompañados por diputados, por su ilustrísima y por otros caballeros y sacerdotes que se agregaron en el valle de Mena y salían de la dicha villa de Balmaseda otros muchos caballeros e hijosdalgos al lugar del Berrón y prosiguieron su viaje y en entrando en la jurisdicción de este muy noble y muy leal Señorío de Vizcaya llegó en forma la villa, es a saber su alcalde y juez ordinario en ella y su procurador general con cuatro regidores y disponiéndose el acompañamiento se entró en la villa donde fueron recibidas con grandes festejos danzas, juegos tiros y arcabucería y otras muestras de monstraciones todo dedicado al servicio de Dios y al de su ilustrísima el Arzobispo Nuestro Señor y por el vicario de su iglesia el Licenciado Juan de Verástegui y demás diputados fueron entrados y recibidos en las casas del Licenciado Don Andrés de Manzaneda que están inmediatas y contíguas a las que su ilustrísima habita en dicha villa y para que así conste lo firmo. Juan de Verástegui.»

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